Términos y Condiciones de Uso para acceder a los Planes Samsung Care+

 

 

Samsung Electronics Chile Ltda. (“Samsung”), en conjunto con MAPFRE Compañía de Seguros Generales de Chile S.A. (“MAPFRE”) e Insurama Servicios Chile SpA (“Insurama”), ofrecen la contratación de planes de cobertura de daños accidentales, pérdidas y/o robos para smartphones, tablets, smartwatch y notebook vendidos por Samsung Chile Ltda. y en distribuidores autorizados.

La contratación es voluntaria para los consumidores y en caso alguno se debe entender como obligatoria en las compras efectuadas en el Sitio.

MAPFRE es la responsable frente al contratante y/o asegurado de la cobertura contratada.

A continuación, se exponen brevemente las principales características de cada plan de cobertura ofrecido por MAPFRE e Insurama, sin perjuicio del detalle contenido en la Póliza General Código POL120240032 y las Condiciones Particulares contratadas por el comprador:

 

1. Samsung Care+ Golden (Daños)

 

1.1. Cobertura:

    a)  Daños accidentales, incluyendo daños por derrame de líquidos:

Se entenderá por daño accidental cualquier deterioro que afecte el uso normal del producto, dejándolo imposibilitado para su normal funcionamiento y que sea el resultado de una causa externa, repentina, fortuita e imprevisible, lo cual deberá ser determinado por algún Servicio Técnico autorizado por Samsung.

En caso de daños por líquidos, éstos sólo estarán cubiertos si se trata de derrame de líquidos sobre el equipo asegurado, no así la sumersión o inmersión de éste en agua u otros líquidos.

La indemnización corresponderá a la reparación del bien asegurado. Si la reparación no es viable (técnica o económicamente), se procederá a reemplazar el bien asegurado por un dispositivo igual o de características similares (nuevo o reacondicionado).

    b)  Rotura de pantalla:

En caso de que la reparación no sea suficiente para que el bien asegurado funcione en condiciones normales, se procederá a indemnizar en base a la tabla contenida en el certificado de cobertura.

1.2.  Vigencia: 12 meses desde la fecha de contratación del Servicio Samsung Care+ Golden (Daños).

1.3.  Límite máximo de indemnización: US$5.365 (cinco mil trescientos sesenta y cinco dólares estadounidenses).*

1.4.  Límite de eventos: Un (1) evento por daño accidental. Al realizar la reposición o reparación del producto caducarán las coberturas.

1.5.  Documentos para presentar

    a)  Factura o boleta de compra del equipo con plan de servicio.

    b)  Fotografía delantera y trasera del dispositivo asegurado.

1.6.  En caso de siniestro: Para solicitar la cobertura, el beneficiario deberá llamar al número +562 2582 2272 o comunicar el siniestro en la a la Plataforma de Gestión del seguro (APP de Insurama). Se le solicitarán todos los antecedentes necesarios para evaluar su caso, así como también toda la información de contacto relevante.

 

2. Samsung Care+ Golden (Robo)

 

2.1.  Cobertura:

    a)  Hurto: Se indemnizará al Beneficiario que sufra pérdida del bien asegurado a consecuencia directa del hurto (el apoderamiento ilegítimo de un elemento ajeno que, a diferencia del robo, es realizado sin fuerza en las cosas ni intimidación o violencia sobre las personas), siempre y cuando éste se haya logrado consumar y en los lugares señalados en las condiciones particulares. La indemnización corresponderá al reemplazo del bien asegurado por un dispositivo igual o de similares características (nuevo o reacondicionado).

    b)  Robo: Se indemnizará al Beneficiario que sufra pérdida del bien asegurado a consecuencia directa del robo con fuerza en las cosas, usando violencia física o intimidación en las personas, siempre y cuando éste se haya logrado consumar y/o en los lugares señalados en las condiciones particulares. La indemnización corresponderá al reemplazo del bien asegurado por un dispositivo igual o de similares características (nuevo o reacondicionado).

2.2.  Vigencia: 12 meses desde la fecha de contratación del Servicio Samsung Care+ Golden (Robos).

2.3.  Límite máximo de indemnización: US$5.365 (cinco mil trescientos sesenta y cinco dólares estadounidenses).(*)

2.4.  Límite de eventos: Un (1) evento. Al realizar la reposición caducarán las coberturas.

2.5.  Documentos para presentar

    a)  Factura de compra del dispositivo

    b)  Denuncia ante la Autoridad Competente, haciendo constar en la denuncia el Robo o hurto del equipo asegurado, las circunstancias del siniestro, así como las referencias del equipo asegurado (marca, modelo e IMEI)

    c)  Escrito de confirmación de bloqueo de IMEI emitido por un operador de telecomunicaciones de Chile

    d)  Aceptación de la transferencia efectiva del bien asegurado a favor de MAPFRE o Geolocalización a través de APP Insurama

    e)  Captura de pantalla del sistema de geolocalización del equipo asegurado para el día del robo o hurto.

2.6.  En caso de siniestro: Para solicitar la cobertura, el beneficiario deberá llamar al número +562 2582 2272 o comunicar el siniestro en la a la Plataforma de Gestión del seguro (APP de Insurama). Se le solicitarán todos los antecedentes necesarios para evaluar su caso, así como también toda la información de contacto relevante.

 

3. Samsung Care+ Platinum (Daño, Hurto y Robo)

 

3.1. Cobertura:

    a) Daños accidentales, incluyendo daños por derrame de líquidos:

Se entenderá por daño accidental cualquier deterioro que afecte el uso normal del producto, dejándolo imposibilitado para su normal funcionamiento y que sea el resultado de una causa externa, repentina, fortuita e imprevisible, lo cual deberá ser determinado por algún Servicio Técnico autorizado por Samsung.

En caso de daños por líquidos, éstos sólo estarán cubiertos si se trata de derrame de líquidos sobre el equipo asegurado, no así la sumersión o inmersión de éste en agua u otros líquidos.

La indemnización corresponderá a la reparación del bien asegurado. Si la reparación no es viable (técnica o económicamente), se procederá a reemplazar el bien asegurado por un dispositivo igual o de características similares (nuevo o reacondicionado).

    b)  Rotura de pantalla: En caso de que la reparación no sea suficiente para que el bien asegurado funcione en condiciones normales, se procederá a indemnizar en base a la tabla contenida en el certificado de cobertura.

    c)  Hurto: Se indemnizará al Beneficiario que sufra pérdida del bien asegurado a consecuencia directa del hurto (el apoderamiento ilegítimo de un elemento ajeno que, a diferencia del robo, es realizado sin fuerza en las cosas ni intimidación o violencia sobre las personas) siempre y cuando este se haya logrado consumar y en los lugares señalados en las condiciones particulares. La indemnización corresponderá al reemplazo del bien asegurado por un dispositivo igual o de similares características (nuevo o reacondicionado).

    d)  Robo: Se indemnizará al Beneficiario que sufra pérdida del bien asegurado a consecuencia directa del robo con fuerza en las cosas, usando violencia física o intimidación en las personas, siempre y cuando este se haya logrado consumar y/o en los lugares señalados en las condiciones particulares. La indemnización corresponderá al reemplazo del bien asegurado por un dispositivo igual o de similares características (nuevo o reacondicionado).

3.2. Vigencia: 12 meses desde la fecha de contratación del Servicio Samsung Care+ Golden (Robos).

3.3. Límite máximo de indemnización: US$5.365 (cinco mil trescientos sesenta y cinco dólares estadounidenses).(*)

3.4.  Límite de eventos: Dos (2) siniestros por año. 1 siniestro en caso de hurto o robo y 1 sinestro para daños.

3.5.  Documentos para presentar

    a)  En caso de daños:

        (i)  Factura de compra del dispositivo

        (ii)  Fotografía delantera y trasera del dispositivo asegurado

    b)  En caso de hurto o robo:

        (i) Factura de compra del dispositivo

        (ii)  Denuncia ante la Autoridad Competente, haciendo constar en la denuncia el Robo o hurto del equipo asegurado, las circunstancias del siniestro, así como las referencias del equipo asegurado (marca, modelo e IMEI)

        (iii)  Escrito de confirmación de bloqueo de IMEI emitido por un operador de telecomunicaciones de Chile

        (iv)  Aceptación de la transferencia efectiva del bien asegurado a favor de MAPFRE o Geolocalización a través de APP Insurama

        (v)  Captura de pantalla del sistema de geolocalización del equipo asegurado para el día del robo o hurto.

3.6.  En caso de siniestro: Para solicitar la cobertura, el beneficiario deberá llamar al número +562 2582 2272 o comunicar el siniestro en la a la Plataforma de Gestión del seguro (APP de Insurama). Se le solicitarán todos los antecedentes necesarios para evaluar su caso, así como también toda la información de contacto relevante

 

4. Exclusiones de cobertura comunes

 

4.1.  Las siguientes exclusiones son comunes para los tres planes previamente descritos:

    a)  Pérdida total o parcial a consecuencia de una situación anormal a causa de guerra declarada o no, invasión, sublevación, huelga, motín, terrorismo, alboroto popular, conmoción civil, insurrección, revolución o rebelión, confiscación, apresamiento por orden de autoridades o gobiernos, legítimos o no, terremotos, sismo o erupciones volcánicas, contrabandos, actos ilícitos, huracanes, o cualquier otro fenómeno similar;

    b)  Pérdidas totales o parciales por daños accidentales, Robo, hurto, rotura de pantalla, variación de voltaje y extravíos por apropiación indebida y/o estafas.

    c)  Pérdida Total o Parcial por caída al agua u otros líquidos.

    d)  Daño o deterioros a causa de uso normal y desgaste natural. Por daños que se manifiesten como defectos estéticos, tales como rayaduras a superficies pintadas, pulidas o esmaltadas. Sólo serán indemnizadas cuando sobrevengan a consecuencia de un siniestro indemnizable que haya afectado también otras partes de los bienes asegurados e impida el correcto y normal funcionamiento del bien asegurado.

    e)  Accesorios o aditamentos diferentes a los suministrados por el fabricante en la compra original y que el Asegurado porte o adapte o acople al bien asegurado.

    f)  Los costos de readquisición e instalación de cualquier tipo de software excepto el Sistema Operativo y los incluidos por el fabricante. Como también los daño o pérdida de información originado por la introducción por cualquier medio de instrucciones o programas informáticos en el software del Dispositivo asegurado.

    g)  Pérdida de datos o archivos del bien asegurado.

    h)  Daños o deficiencias de la Materia Asegurada a causa del funcionamiento debidas al software instalado por cualquier causa y/o desconfiguraciones y/o virus informático.

    i)  Detonaciones hostiles con el uso de cualquier dispositivo o arma de guerra que emplee fisión y/o fusión de energía atómica, nuclear, radioactiva, o armas biológicas y/o bioquímicas, en cualquier momento en que ocurra dicha detonación.

    j)  Detonaciones de minas, torpedos, bombas u otras armas o artefactos de guerra abandonados, ya sean de energía atómica, nuclear, radioactiva, biológica o bioquímica.

    k)  Daños provenientes de vicios propios del Bien Asegurado.

    l)  Inundación, terremoto, maremoto, alud, erupciones volcánicas u otro desastre natural de gran magnitud.

    m)  Las pérdidas o daños materiales directos e indirectos que, con un origen mediato o inmediato, sean el resultante del empleo de explosivos, sustancias tóxicas, armas de fuego o de cualquier otro medio violento o no, en contra de las personas, de las cosas o de los servicios públicos y que, ante la amenaza o posibilidad de repetirse, produzcan alarma, temor, terror o zozobra en la población o en un grupo o sector de ella.

    n)  Otras exclusiones a consecuencia de:

        (i)  Daños materiales directos causados a los Bienes Asegurados por culpa grave o dolo del asegurado, miembros de su familia, apoderados, servidumbre, o bien cualquier persona o personas por las cuales sea civilmente responsable.

        (ii)  Daños materiales directos ocasionados a los bienes adquiridos ilícitamente.

        (iii)  No quedan amparadas por la cobertura de la presente póliza las compras efectuadas mediante extorsión y/o cualquier otro vicio de la voluntad y/o consentimiento del Asegurado.

        (iv)  No se encuentran amparados los vicios propios del producto que deriven de una defectuosa fabricación o que generen la responsabilidad de garantía del fabricante y/o vendedor.

        (v)  Daños producidos por pipas, puros, cigarros, fósforos, encendedores o empleo de planchas y/o sustancias químicas.

        (vi)  Daños de la Materia Asegurada provenientes por pérdidas causadas, directa o indirectamente, como consecuencia de daños, fallas, alteraciones, disminución en la funcionalidad, disponibilidad de operación y/o errores de diseño de sistemas de cómputo, circuitos integrados (o dispositivos similares de cualquier tipo) o componentes del sistema de cómputo (hardware); sistemas operativos, bases de datos, almacenes de información, programas (software), sean o no propiedad del Asegurado o que estén bajo su posesión, a menos que dichas pérdidas se hayan producido como consecuencia directa de cualquiera de los riesgos cubiertos en la presente póliza.

        (vii)  Daños o pérdidas ocurridos a bordo de aeronaves, naves, embarcaciones o Dispositivos flotantes, siempre y cuando el siniestro se hubiere producido con ocasión del transporte del Dispositivo, habiendo sido este objeto de su envío por algún medio de transporte en calidad de carga no acompañada, como podría ser su envío por courier, correo expreso, durante una mudanza o similares. No afecta los siniestros que ocurran cuando el Dispositivo sea transportado por su usuario y sufra el siniestro a bordo o con ocasión de un viaje en alguno de los medios anteriores.

        (viii)  Se excluirá cualquier siniestro de hurto provocado por descuido y/o abandono de la Materia Asegurada en lugares públicos.

        (ix)  Los daños, pérdida parcial o total de la Materia Asegurada que tuvieran como origen o fuera consecuencia de incendios.

        (x)  Los daños, pérdida parcial o total de la Materia Asegurada que tuvieran como origen o fuera consecuencia de cualquier fenómeno de la naturaleza o perturbación atmosférica. 

 

* El valor del dólar en pesos chilenos corresponderá al dólar observado por el Banco Central en la fecha en que presente el siniestro.